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4.1.3. Incorporación de la Lengua de Señas

4.1.3. Incorporación de la Lengua de Señas

En Hispanoamérica no hay muchas normas referentes a los diferentes formatos en los que se ha de mostrar la información, como los requisitos para el uso de la lengua de señas o signos, la audiodescripción o las pautas.

La incorporación de la lengua de señas, regulada por la UNE 139804 proporciona los requisitos básicos para incorporar Lengua de Signos Española (LSE) en redes informáticas, con el objetivo de que los contenidos lleguen al usuario en buenas condiciones de comprensión.

Esta norma aborda campos como: características de la puesta en escena (encuadre, colores, iluminación, etc.), características técnicas de la reproducción de LSE (por ejemplo, las imágenes por segundo y el tamaño de la imagen), la forma de indicar a los usuarios la presencia de este tipo de contenidos en sitios web, etc. Además, está dirigida, entre otros, a diferentes grupos de personas:

  • Creadores de contenidos para redes informáticas
  • Diseñadores web
  • Desarrolladores de aplicaciones para redes informáticas
  • Responsables de los servidores informáticos de contenidos
  • Evaluadores de la accesibilidad de productos y servicios basados en redes informáticas
  • Responsables de la adquisición y compra de bienes y servicios accesibles por parte de la Administración Pública.

En Colombia, la incorporación de la LSC en contenidos audiovisuales digitales considera la diversidad lingüística y comunicativa de las personas sordas, puesto que la LSC es su primera lengua y el español es la segunda, sucede que, si bien el uso de subtítulos es un sistema que permite el acceso a la información escrita a una gran cantidad de ciudadanos, resulta insuficiente para satisfacer la necesidad de todas las personas sordas del país.

De acuerdo con lo anterior, para generar el acceso de las personas sordas usuarias de la LSC a las tecnologías de la información y las comunicaciones, lo pertinente es la incorporación de esta lengua, a través de la producción de materiales audiovisuales, ya que les permite acceder a la información en su primera lengua, sin dejar de lado al resto de ciudadanos, por lo cual dichas piezas audiovisuales deben integrar LSC, audio y subtítulos.